El proyecto pretende crear los cargos de la estructura funcional, a
cubrirse con el personal existente, realizándose las adecuaciones de
partidas presupuestarias que fueran necesarias para el cumplimiento de
lo dispuesto por la presente Ley.
El proyecto que en breve elevará el
Poder Ejecutivo al Parlamento provincial se basa en la necesidad de
adecuar la legislación vigente a una nueva normativa que considere las
diferentes y complejas actividades vinculadas al manejo del fuego y
particularmente la reglamentación de todas las cuestiones atinentes a
los recursos humanos pertenecientes al SPLIF.
Además, se tiene en
cuenta que las tareas vinculadas al manejo del fuego requieren de una
estructura organizativa particular que garantice la eficacia y
eficiencia en la prevención, presupresión y supresión de los incendios
forestales.
Actualmente se carece de un Estatuto que establezca los
deberes y derechos del personal que desempeña funciones en el SPLIF, y
que el personal de supresión del Servicio carece de una carrera de
combatiente de incendios forestales.
Del mismo modo, se remarca que
las provincias del Chubut y Tierra del Fuego han sido pioneras en la
elaboración de normativa vinculada a los recursos humanos destinados al
manejo del fuego y es por lo tanto de interés su consulta y referencia.
Se
establece además que la incorporación del personal restante –que
posibilite cubrir la totalidad de la estructura funcional– se realizará
gradualmente.
Además, el proyecto propone incorporar en la nueva
estructura al personal de la Planta Permanente y Temporaria ya
existente. Por única vez y con carácter excepcional, se lo reubicará
teniendo en cuenta la categoría actual y las funciones desarrolladas, no
siendo necesario en esta única oportunidad, el cumplimiento de los
requisitos particulares establecidos en la presente normativa.
Se
dispone la designación en la Planta de Personal Permanente, del personal
que actualmente se desempeña en la Planta Temporaria, de conformidad
con lo establecido en el Estatuto que la presente norma aprueba.
Hasta
tanto se apruebe el Régimen Previsional Especial que propone este
proyecto, los agentes que revistan en la Planta Permanente del SPLIF,
quedarán comprendidos en el Régimen Previsional vigente.
Fuente: Noticias del Portal Oficial de la Provincia de Río Negro
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